proteccion del trabajador en los campos electromagneticaos

Real Decreto 299/2016: protección del trabajador ante los campos electromagnéticos

El Real Decreto 299/2016, de 22 de julio, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a campos electromagnéticos, establece la obligatoriedad de evaluar la presencia de campos electromagnéticos en su entorno laboral de trabajadores potencialmente expuestos.

¿Qué son los

campos electromagnéticos?

Los campos electromagnéticos son los campos eléctricos estáticos, magnéticos estáticos y los campos eléctricos, magnéticos y electromagnéticos variables en el tiempo, con frecuencias comprendidas entre 0 Hz y 300 GHz.

La presencia de campos electromagnéticos es un hecho cotidiano en el mundo desarrollado, ya que tales campos se generan siempre que se hace uso de la electricidad.

¿A qué sectores aplica

el RD 299/2016?

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La baja intensidad de los campos en general garantiza que no causen efecto adverso alguno. Sin embargo, en ciertos lugares de trabajo, la intensidad de los campos puede representar un riesgo, por lo que el RD 299/2016 tiene como fin garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores en tales situaciones.

Entre otros, aplica a los siguientes sectores:Real Decreto 299/2016

  • Industrial
  • Sanitario
  • Energético
  • Ferroviario
  • Aeronáutico
  • Logístico
  • Telecomunicaciones
     

Los trabajadores con riesgos particulares (embarazadas y trabajadores con implantes o que porten dispositivos médicos), probablemente requieran una evaluación específica, así como la elaboración y aplicación de un plan de acción particular.

 

¿Quién tiene

responsabilidad de aplicarlo?

El empresario tiene la obligación de evaluar los riesgos que deriven de los campos electromagnéticos en el lugar de trabajo, asegurando de este modo que puedan definirse y ponerse en práctica las medidas necesarias para reducir los riesgos.

Las infracciones graves y muy graves derivadas del incumplimiento de las obligaciones establecidas en el RD 299/2016, se podrán sancionar con importes de hasta 40.000 euros y 819.000 euros respectivamente, a propuesta de la inspección de trabajo con arreglo a lo dispuesto en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

¿Cómo se aplica?

Las evaluaciones de riesgos pueden ser realizadas por parte de servicios de Prevención de Riesgos Laborales, bien Propios o Ajenos y en todo caso, deben ser firmadas por personal cualificado para el desempeño de funciones de nivel superior con la especialidad de higiene industrial. Las evaluaciones se efectuarán con la periodicidad adecuada indicada en el artículo 6 del RD 39/1997, en las cuales se incluirá en caso necesario la realización de mediciones o cálculos de los niveles de los campos electromagnéticos a los que estén expuestos los trabajadores, para garantizar que los mismos no se superen los Valores Límites de Exposición o Niveles de Acción establecidos en el RD 299/2016.

En Eurocontrol disponemos de todos los equipos necesarios para la realización de las medidas requeridas para verificar el cumplimiento de los Niveles de Acción y Valores Límites de Exposición.

¿Qué ocurre si se superan

los límites permitidos?

En el supuesto de superar los Valores Límites de Exposición o Niveles de Acción, es el empresario el responsable de intervenir inmediatamente con el fin de:

  • Reducir los niveles de exposición
  • Determinar las causas de dicha superación
  • Modificar las medidas de protección y prevención

 

Y además, con carácter general el empresario debe:

  • Facilitar información y formación a su personal
  • Contar con la participación de los trabajadores en la gestión de riesgos
  • Aplicarlas prácticas en relación con la vigilancia de la salud

¿Por qué

Eurocontrol?

Nuestro Servicio Prevención Ajeno está acreditado por el Ministerio de Trabajo a nivel nacional. Desde el año 2000, Eurocontrol realiza su labor ofreciendo soporte al empresario para el desarrollo de la gestión preventiva.

El Servicio de Prevención Ajeno de Eurocontrol dispone de un equipo interdisciplinar que abarca las cuatro especialidades establecidas en la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales:

  • Seguridad en el Trabajo
  • Higiene Industrial
  • Ergonomía y Psicosociología Aplicada
  • Medicina del Trabajo
  • Real Decreto 299/2016 - Equipos de medidaTodas nuestras actuaciones se realizan de acuerdo con estrictas normas de garantía de calidad técnica y normativa. El punto de partida de nuestras intervenciones se fundamenta en la evaluación inicial de riesgos, la planificación de la acción preventiva y el control periódico de las condiciones de trabajo.

Nuestro departamento de Emisiones Radioeléctricas nos posiciona como líderes en evaluaciones de niveles de exposición del público en general en torno a instalaciones radioeléctricas, conforme al RD 1066/2001, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece condiciones de protección del dominio público radioeléctrico, restricciones a las emisiones radioeléctricas y medidas de protección sanitaria frente a emisiones radioeléctricas. Desde el año 2002 trabajamos en el campo de las emisiones radioeléctricas, con más de 90.000 evaluaciones independientes presentadas al Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital.

El equipo de trabajo está formado por ingenieros y técnicos altamente cualificados que cuentan con equipamiento de última generación debidamente calibrado. Además, de un modo continuo, colaboramos con Administración, Universidades y Órganos colegiados del sector.

Unificando la amplia experiencia como Servicio Prevención Ajeno y contando con nuestro liderazgo en el ámbito de la evaluación de las emisiones radioeléctricas, nos encontramos en disposición de ofrecer a todos los clientes un servicio integral y completo adecuándolo a sus necesidades.

 

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