manómetro para equipamentos sob pressão

Inspección de equipos a presión e instalaciones

Realizamos inspecciones reglamentarias de equipos a presión sometidos a una presión máxima admisible superior a 0,5 bar como organismo de control autorizado (OCA) y comprobamos su seguridad para su comercialización como organismo notificado.

¿Qué es la

inspección de equipos a presión e instalaciones?

La inspección de equipos a presión sometidos a una presión máxima admisible superior a 0,5 bar tiene como objetivo verificar que dichos equipos cumplen las condiciones de seguridad de carácter obligatorio mediante comprobaciones, inspecciones con ensayos no destructivos, pruebas hidrostáticas u otras pruebas sustitutorias.

 

Las inspecciones de equipos a presión están reguladas por el Real Decreto 809/2021, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas complementarias, en el que se establecen los requisitos y las periodicidades de la inspección de equipos a presión e instalaciones, tanto inspecciones periódicas como de puesta en marcha o modificaciones.

Las instalaciones afectadas por esta reglamentación son las siguientes:

  • Equipos no incluidos en las ITCs (EP-0)
  • Calderas y sus elementos asociados (ITC EP-1)
  • Centrales generadoras de energía eléctrica (ITC EP-2)
  • Refinerías de petróleo/ plantas petroquímicas (ITC EP-3)
  • Recipientes criogénicos (ITC EP-4)
  • Botellas de buceo (ITC EP-5)
  • Centros de recarga de gases (ITC EP-6)
  • Terminales de GNL (ITC EP-7)

 

Por su parte, la seguridad de los equipos a presión (aparatos, equipos a presión, conjuntos, tuberías, recipientes a presión simples o transportables) con presión máxima admisible superior a 0,5 bar, está definida por el Real Decreto 709/2015, de 24 de julio, por el que se establecen los requisitos esenciales de seguridad para la comercialización de los equipos a presión, que aplica, entre otras cuestiones, a la evaluación de la conformidad y otras pruebas de verificación.

 

El Real Decreto traspone a la legislación española la Directiva 2014/68/UE relativa a la armonización de las legislaciones de los Estados miembros sobre la comercialización de equipos a presión, y supone la refundición de la Directiva 97/23/CE, que regulaba igualmente dichas legislaciones. Se aplica a equipos a presión y a los conjuntos que constituyan una novedad, tanto si se fabrican dentro de la UE como fuera. En caso de que sean importados, también se aplica a los productos de segunda mano.

¿Cómo podemos

ayudarte?

fabrica
fabrica

Inspección reglamentaria

 

En este campo, realizamos los siguientes tipos de inspección:


Calderas y sus elementos asociados (ITC EP-1), Centrales generadoras de energía eléctrica (ITC EP-2), Refinerías de petróleo y plantas petroquímicas (ITC EP-3) y otros equipos no incluídos en las ITCs

  • Pruebas en lugar de emplazamiento
  • Periódica Nivel A, Nivel B y Nivel C
  • Nivel C antes de la puesta en servicio

Recipientes criogénicos (ITC EP-4)

  • Pruebas en lugar de emplazamiento
  • Periódica Nivel A, Nivel B y Nivel C
  • Nivel C antes de la puesta en servicio

Botellas de buceo (ITC EP-5) y Centros de recarga de gases (ITC EP-6)

  • Pruebas en lugar de emplazamiento
  • Inspección periódica del centro de recarga

Periodicidad de las inspecciones

Calderas (ITC EP-1)

  • Nivel A → 1 año
  • Nivel B → 3 años
  • Nivel C → 6 años

Calderas de recuperación de lejías negras (ITC EP 1)

  • Niveles A y B → 1 año
  • Nivel C → 3 años

Centrales Generadoras de energía eléctrica (ITC EP-2)

  • Niveles A, B y C → según tipo y categoría
  • Inspección de válvulas de seguridad → cada 6 años

Refinerías de petróleo y plantas petroquímicas (ITC EP-3)

  • Niveles A, B y C de recipientes → según categoría
  • Nivel B de tuberías → cada 5, 10 ó 12 años, según fluído
  • Válvulas de seguridad → cada 2 años, en inspecciones nivel B y C y en paradas programadas

Recipientes criogénicos (ITC EP-4) y equipos no incluídos en las ITCs

  • Niveles A, B y C → según categoría

Botellas de buceo y Centros de recarga de gases

  • Cada 5 años

 

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