¿Qué es la
ITEAF?


La aplicación de productos fitosanitarios debe realizarse bajo unas premisas de protección del medio ambiente y de la salud de los usuarios de los equipos utilizados. El Real Decreto 1702/2011, de 18 de noviembre, regula las inspecciones obligatorias de los equipos de aplicación de productos fitosanitarios (ITEAF), estableciendo qué tipos de equipos deben someterse a ellas, los elementos que se deben revisar, la periodicidad de las inspecciones y quién debe realizarlas. Aquellos equipos que no hayan superado la ITEAF o ITV agrícola no pueden seguir siendo usados.
¿Qué tipos de equipos
están sujetos al ITEAF?
1.- Equipos móviles dedicados a la actividad agrícola
- Pulverizadores hidráulicos (barras o pistolas)
- Pulverizadores hidroneumáticos (atomizadores)
- Pulverizadores neumáticos (nebulizadores) y centrífugos
- Pulverizadores
2.- Equipos fijos y equipos en instalaciones fijas e invernaderos
3.- Equipos de aplicación para tratamientos aerales
4.- Equipos móviles para otros usos no agrícolas
¿Qué periodicidad
tiene la inspección?
Equipos nuevos :
- Dentro de los primeros 5 años después de la compra.
Inspecciones posteriores :
- Empresas de servicios de trabajos agrícolas: cada 3 años.
- ATRIAS (Agrupaciones para Tratamientos Integrados en la Agricultura), ADS (Asociaciones de Defensa Sanitaria) y otras asociaciones similares: cada 3 años.
- Cooperativas agrarias y otras agrupaciones de agricultores, así como Comunidades de Bienes que agrupen a más de diez productores: cada 3 años.
- Agricultor: cada 5 años.
- A partir de 2020: cada 3 años.
¿Qué elementos
se inspeccionan?


- Elementos de trasmisión de la potencial
- Bomba
- Agitación
- Tanque de líquido para pulverización
- Sistemas de medida y de regulación y control
- Tubos y mangueras
- Filtrado
- Barra de pulverización, en equipos que la incorporen
- Boquillas
- Distribución
- Sistema neumático, en equipos que lo incorporen
Mediciones:
- Manómetro
- Regulación de la presión
- Caudal de las boquillas
¿Qué tengo que saber
sobre la ITEAF?
- La competencia acerca de los procedimientos, informes y resultados de las inspecciones está en manos de las Comunidades Autónomas, que pueden establecer CRITERIOS DE PRIORIDAD para realizarlas en función de la titularidad de los equipos, sus características, su antigüedad, su capacidad, etc.
- La ITEAF es VÁLIDA EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL, así como su resultado.
- Para poder realizar la inspección, EL EQUIPO DEBERÁ ESTAR REGISTRADO EN EL ROMA (Registro Oficial de Maquinaria Agrícola del Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente).
- El titular o usuario recibirá el CERTIFICADO Y BOLETÍN con el resultado de la inspección:
- Favorable: sin defecto grave
- Desfavorable: con defecto grave, conlleva la no utilización del equipo hasta la reparación de los elementos defectuosos.
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