barco de recreio no mar

Marcado CE de embarcaciones de recreo

Realizamos la evaluación de la conformidad de los requisitos esenciales de diseño exigidos por la Directiva Europea 2013/53/UE para la colocación del marcado CE del producto, con vistas a su puesta en servicio o comercialización en el Espacio Común Europeo.

¿Qué es

el marcado CE de una embarcación de recreo?

embarcación de recreo
embarcación de recreo

Muchos productos, incluyendo las embarcaciones de recreo, las motos de agua y sus componentes, deben llevar el marcado CE para poder comercializarse o ponerse en servicio en la UE. El marcado CE evidencia que la embarcación ha sido evaluada y es conforme a la Directiva 2013/53/UE y cumple con los requisitos esenciales de seguridad y protección del medio ambiente exigidos por esta.

El marcado CE embarcaciones de recreo está regulado por el Real Decreto 98/2016, de 11 de marzo, por el que se regulan los requisitos de seguridad, técnicos y de comercialización de las motos náuticas, embarcaciones deportivas y sus componentes, el cual transpone la Directiva Europea 2013/53/UE al ordenamiento jurídico español. La citada directiva deroga y sustituye a la Directiva 94/25/Ce modificada por la Directiva 2003/44/CE.

Es aplicable a todas las embarcaciones que se hayan introducido en el mercado comunitario después de junio de 1998 y para los modelos de nueva construcción. El marcado CE de embarcaciones comprende tres aspectos o certificaciones diferentes: Diseño y Construcción, Emisiones de Escape y Emisiones Sonoras.

    ¿Cómo podemos

    ayudarte?

    inspeccion de embarcacion de recreo
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    Desarrollo de la Certificación

    La certificación CE emitida por Eurocontrol acredita la conformidad con la Directiva 2013/53/UE.

    La certificación comienza con una solicitud formal por parte del astillero, del importador o del armador individual. La embarcación o el componente deben ser atestados por un inspector autorizado. Para las embarcaciones es necesario realizar inspecciones en seco (para evaluar la estructura y la obra viva) y pruebas a flote (fundamentalmente estabilidad, maniobra y ruido).

    Los accesos a las instalaciones, varadas y puestas a flote, puestas en funcionamiento de equipos y preparación de materiales para las pruebas o ensayos serán responsabilidad del solicitante, así como las modificaciones o subsanaciones que sea necesario realizar para la obtención de la certificación.

    El solicitante o su representante autorizado tendrán que aportar la documentación mínima de soporte indicada por el inspector y/o la dirección técnica para poder realizar la evaluación. Esta documentación puede ser presentada de forma previa o posterior a las pruebas o ensayos y, habitualmente, requerirá de registro o visado colegial o de cobertura por la póliza de responsabilidad civil del técnico competente u oficina técnica que la haya elaborado.

    Tras las mediciones y ensayos, en la mayoría de los casos es necesario completar la evaluación con cálculos en la oficina central.

    Tras la evaluación de la conformidad de todos los requisitos esenciales que sean de aplicación (Art. 5 y Anexo I del RD 98/2016), se emite el correspondiente certificado que acredita la conformidad con la Directiva.

    Módulos de evaluación 

    La Directiva 2013/53/UE establece varios procedimientos de evaluación en base a los módulos establecidos en la Decisión nº 768/200/CE de la Unión Europea que se adecúan a cada nivel de riesgo potencial de las embarcaciones, componentes y motores. 

     

    • Modulo A: control interno de la producción (no requiere intervención de organismo notificado)
    • Módulo A1: control interno de la producción más ensayo supervisado de los productos
    • Módulo B: examen UE de tipo
    • Módulo C: conformidad con el tipo basada en el control interno de la producción (no requiere intervención de organismo notificado)
    • Módulo D: conformidad con el tipo basada en el aseguramiento de la calidad del proceso de producción
    • Módulo E: conformidad con el tipo basada en el aseguramiento de la calidad del producto
    • Módulo F: conformidad con el tipo basada en la verificación del producto
    • Módulo G: conformidad basada en la verificación por unidad
    • Módulo H: conformidad basada en el pleno aseguramiento de la calidad
    • Módulo EPF: evaluación posterior a la fabricación

    En el caso de la certificación de diseño y construcción, los módulos de aplicación son los siguientes:

     

    Eurocontrol dispone de acreditación ENAC para los módulos de Evaluación A1, B, C1, F, G y EPF.

    Importaciones, embarcaciones procedentes de hallazgo y subasta

    En caso de abanderamiento de embarcaciones importadas de terceros países (EE.UU., Argentina, Turquía, … incluidos Suiza y Gibraltar, entre otros) aunque sea para su uso particular debe Vd. tener en cuenta la obligación de contar con el Marcado CE posterior a la fabricación (EPF).
    De acuerdo con las instrucciones de la Dirección General de la Marina Mercante, deberá Vd. dirigirse a una oficina técnica naval para realizar una memoria técnica de la embarcación en la que se indique expresamente el grado de cumplimiento de todos y cada uno de los puntos de la Directiva 2013/53/UE.

    Un Organismo Notificado verificará sobre la embarcación la veracidad de la documentación presentada y emitirá el Certificado de Conformidad CE siguiendo el proceso mencionado en el desarrollo de la certificación.

    En este caso el propietario, o la persona responsable de la importación y puesta en servicio de la embarcación, es considerado como el constructor a los efectos derivados de la aplicación de la Directiva, asignándosele un código (W.I.N.) para esta unidad en particular. La Dirección General de la Marina Mercante mantiene un registro de dichos códigos. Si tiene Vd. dudas en estos trámites no dude en consultarnos.

    En una situación análoga se encontrarían las embarcaciones procedentes de hallazgo y subasta sin documentación identificativa, para las que el Real Decreto 1435/2010 por el que se regula el abanderamiento y matrícula de embarcaciones de recreo (Art. 10) establece la necesidad de que cuenten con marcado CE. 

    Modificaciones importantes que afecten a los requisitos esenciales

    En muchos de los casos en los que se realiza una modificación importante que puede afectar a los requisitos esenciales (dimensiones principales, desplazamientos, cambios en la motorización de cualquier tipo, número de personas, categoría de diseño, etc.) es necesaria una nueva evaluación y certificación CE posterior a la fabricación (EPF). 
    Aunque la embarcación tenga marcado CE por parte del fabricante, cuando se realiza una evaluación posterior a la fabricación, el marcado CE previo pierde su validez para la embarcación de que se trate, por lo que es necesario volver a evaluar todos los requisitos esenciales y no únicamente la modificación que ha motivado la EPF. 
    El proceso es idéntico al mencionado anteriormente para embarcaciones procedentes de importación, hallazgo o subasta.

    En el caso de modelos certificados para su fabricación en serie, el astillero deberá comunicar cualquier modificación importante que realice en su producto para que el organismo pueda comprobar si dicha modificación no afecta a los requisitos esenciales certificados y, por tanto, continúa cubierta por el certificado CE emitido, o por el contrario, es necesario realizar una nueva evaluación.

     

    Motos acuáticas (PWC)

    Las motos acuáticas constituyen un caso en el que siempre son necesarias las tres certificaciones: diseño y construcción, emisiones sonoras y gaseosas. Paras las pruebas de ruidos y la certificación de gases, consulte el apartado correspondiente.
    Importante: en caso de evaluar a la vez varias motos acuáticas del mismo modelo, Eurocontrol puede aplicar descuentos comerciales, pero las certificaciones y los ensayos deben ser realizados para cada unidad.

    Componentes

    Requieren evaluación de la conformidad previa a su comercialización los componentes expresamente mencionados en el anexo II de la Directiva 2013/53/UE cuando se fabriquen independientemente.

    1. Protección contra el fuego en motores instalados a bordo y motores mixtos de gasolina y en zonas destinadas a los depósitos de gasolina.
    2. Mecanismo que impida la puesta en marcha de los motores fueraborda cuando esté engranada alguna marcha.
    3. Ruedas de gobierno, mecanismos de dirección y conjuntos de cables.
    4. Depósitos de combustible destinados a instalaciones fijas y mangueras de combustible.
    5. Portillos y escotillas prefabricadas.

    Si se fabrican por y para el propio astillero constructor con destino a la embarcación que se va a comercializar, los componentes 3, 4 y 5 vienen amparados por el marcado CE de la embarcación.

    El proceso de certificación es similar al de marcado CE de embarcación y comienza con la presentación de la solicitud de evaluación de componentes.

    Para comercializar componentes de embarcaciones no incluidos en la lista anterior no existe una reglamentación CE. Si un fabricante quiere demostrar al mercado y a las autoridades la idoneidad de su producto necesitará una certificación de tercera parte, que asegure la independencia de la certificación.

    Eurocontrol evalúa la conformidad a normas de componentes diversos según normas UNE, EN, ISO, SAE, u otrasnormativas. En cada caso se realizan las mediciones y ensayos adecuados.

    Tarifas

    CE

    embarcación de recreo
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    Consulta tu caso particular a través de nuestro formulario de contacto o del correo naval@eurocontrol.es y nos pondremos en contacto.

    Formación

    Organizamos periódicamente cursos de formación de inspectores, tanto internos como externo.

    Reseña legal

    Los requisitos de seguridad de las embarcaciones que deben observarse durante su construcción vienen regulados por el Rea Decreto 98/2016 (B.O.E. de 15 de marzo de 2016) en aplicación de la Directiva 2013/53/UE. También ampliar la información en la página web de la Dirección General de la Marina Mercante.

     

    Información adicional

    Si deseas conocer la validez y vigencia de un certificado otorgado, puedes consultarlo a través de https://eurocontrol.ivcert.net/verification con el código CSV, en la página del grupo de Organismos Notificados, http://www.rsg.be, o solicitar más información a través del correo naval@eurocontrol.es o nuestro formulario de contacto.

     

    Si necesitas más información sobre el esquema de certificación, los derechos y deberes del solicitante o información sobre nuestro procedimiento de quejas y apelaciones, puedes solicitarlo a través del correo naval@eurocontrol.es o nuestro formulario de contacto.

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